La Cámara de Diputados aprobó modificaciones a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley General de Partidos Políticos para permitir que los legisladores que busquen la reelección no tengan que separarse de su cargo y puedan ser postulados por su partido político por el principio de mayoría relativa o representación proporcional (plurinominales).
Sólo deberán cumplir con su encargo, no realizar actos anticipados de campaña, pero tampoco se considerará que lo hacen si trabajan en sus distritos, si no hacen pronunciamientos proselitistas. Podrán hacer campaña, en los tiempos en que no asisten a sesiones del pleno o comisiones a las que pertenecen y no deben usar recursos públicos para promoverse políticamente.
La reforma beneficia además a los diputados “chapulines”, pues permitirá que aquellos que renunciaron a su militancia antes de la mitad de su periodo, puedan postularse por un partido distinto e incluso optar por una candidatura independiente.
La nueva ley que fue aprobada por 254 votos a favor, 20 en contra y 3 abstenciones, permitirá que los diputados puedan ser electos hasta por cuatro periodos consecutivos y los senadores por dos. Los suplentes de algún legislador también tendrán derecho a buscar repetir en el cargo, si cumplen el requisito de los periodos consecutivos.
También impone restricciones para que los legisladores que busquen la reelección deberán competir por su mismo distrito y sólo podrán cambiar si comprueban la residencia. En el caso de los senadores que fueron electos por mayoría relativa, pueden elegir buscar el voto ciudadano o ser plurinominales.
Serán los partidos políticos quienes decidan las postulaciones de candidatos, por lo que los legisladores deberán buscar el apoyo de sus institutos políticos, pero deberán observar la paridad de género en las postulaciones tanto de mayoría relativa como plurinominales. Esta selección de candidatos deberá llevarse a cabo 30 días antes del inicio formal de los procesos electorales.