La reactivación de los plazos de la CRE implica entonces que todas las fechas límites tendrán una ampliación de casi cinco meses, equivalente al tiempo de suspensión que se tomó como días inhábiles en el gobierno..
La Comisión Reguladora de Energía (CRE) reanudó a partir de esta semana los plazos para que sus regulados, que son todas las empresas energéticas del país tanto en el sector eléctrico como en el de hidrocarburos, excepto las que realizan exploración y producción, lleven a cabo las actividades descritas en sus permisos y realicen los trámites en los tiempos máximos establecidos, además de que el propio regulador volverá a contar con fechas límites para el otorgamiento de sus autorizaciones.
Lo anterior, luego de casi cinco meses de suspensión de actividades y trámites derivado de la contingencia por Covid-19 en el país. La reactivación de los plazos de la CRE implica entonces que todas las fechas límites tendrán una ampliación de casi cinco meses, equivalente al tiempo de suspensión que se tomó como días inhábiles en el gobierno.
En el Diario Oficial de la Federación, la CRE publicó que “se reanudan los plazos y términos legales en la Comisión Reguladora de Energía y se levanta la suspensión que fue establecida como medida de prevención y combate de la propagación del coronavirus Covid-19 en los Acuerdos Núm. A/010/2020, A/014/2020, A/015/2020 y A/018/2020, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 24 de marzo, 7 y 30 de abril y 29 de mayo de 2020, respectivamente”.
Esto significa que las actuaciones, requerimientos, solicitudes o promociones realizadas ante la Comisión Reguladora de Energía durante el periodo previsto en los Acuerdos señalados anteriormente, se entenderán realizadas en la fecha de publicación del presente instrumento jurídico en el Diario Oficial de la Federación. Con ello, cualquier solicitud de permiso que una empresa haya realizado durante la contingencia será atendido como si el regulador lo hubiera recibido esta semana y por tanto sus plazos para atenderlo inician a partir de que se levantó la suspensión y no desde que se solicitó la autorización.
Finalmente, las actividades presenciales por parte de los funcionarios del regulador no se reanudarán en su totalidad sino conforme a las medidas sanitarias que establecen las autoridades federales, con lo que las medidas sanitarias y de seguridad que se implementarán para el funcionamiento de su Oficialía de Partes, así como el ingreso de particulares a las instalaciones de la Comisión Reguladora de Energía se darán a conocer en su página oficial de internet: www.cre.gob.mx.
Foto de Hugo Salazar en El Economista.