La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió 11 impugnaciones, y ordenó al INE modificar la convocatoria a la encuesta y sus lineamientos, por no garantizar la paridad de género; porque restringir el número de candidaturas carece de la debida fundamentación y motivación, y porque no se advierte el porqué una encuesta única pondría en duda la confibialidad del resultado, además de que el padrón de Morena debe ser considerado sólo como un indicio. La nota es de Janet López Ponce en «Milenio». Foto del TEPJF.