La nueva ley ordenará que corresponde al gobierno federal, por conducto de la Secretaría de Salud, del Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis y de las autoridades competentes, el control y la regulación del uso del cannabis y sus derivados.
Con el respaldo de siete de los ocho partidos políticos representados en la Cámara Alta, excepto el PAN, el decreto avalado se discutiría y votaría hoy por el pleno cameral con las reservas acordadas y que serán incluidas vía adéndum.
Los cambios al Código Penal Federal establecerían que cuando se trate de conductas relacionadas con el cannabis psicoactivo, la pena de prisión será de cinco a diez años y que solo será sancionada penalmente la posesión cuando sea superior a 200 gramos.
“La posesión del cannabis psicoactivo en una cantidad superior a los 28 gramos establecidos por la Ley General de Salud e inferior a los 200 gramos a que se refiere este artículo solo será sancionada con multa, en los términos del artículo 56 de la Ley Federal para la Regulación del Cannabis’’, precisaría el artículo 195.
La nueva ley ordenará que corresponde al gobierno federal, por conducto de la Secretaría de Salud, del Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis y de las autoridades competentes, el control y la regulación del uso del cannabis y sus derivados bajo el enfoque de salud pública, derechos humanos y desarrollo sostenible, para prevenir y combatir las consecuencias del consumo problemático del cannabis psicoactivo y contribuir a la reducción de la incidencia delictiva vinculada con el narcotráfico.
rolando.ramos@nulleleconomista.mx
kg
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