Lugar:
Fuente:
Excélsior

Con una votación de 7 votos contra 4, el Pleno de la SCJN no alcanzó la mayoría necesaria para declarar inconstitucional la Ley de la Industria Eléctrica.

DAVID VICENTEÑO..

 

La Ley de la Industria Eléctrica (LIE) permanecerá vigente, luego de que no se alcanzó la mayoría en el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para declararla inconstitucional al dar preferencia a la Comisión Federal de Electricidad en la producción y distribución.

El proyecto para declarar inválida la Acción de Inconstitucionalidad presentada por senadores de oposición fue votado a favor por la ministra ponente, Loretta Ortiz Ahlf, y la ministra Jazmín Esquivel Mossa; por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y el presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar.

El resto del Pleno se pronunció por la violación de diversos artículos de esa legislación a la reforma energética de 2013, al trasgredir el régimen de la libre competencia en materia de generación y comercialización, así como la preferencia al consumo de energías limpias.

De está forma, estos artículos se seguirán aplicando y la Corte no hará pronunciamiento hasta sea revocada la última de las suspensiones otorgadas por jueces federales en marzo de 2021, y que mantenía suspendida la aplicación de esta ley.

De esta forma, queda abierta la puerta a más juicios de amparo en contra de la LIE, y ahora corresponderá a los juzgados y tribunales resolver las impugnaciones, caso por caso.

Los artículos impugnados que no alcanzaron mayoría correspondieron al tema del despacho preferente de la energía generada por la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

La eliminación de las subastas obligatorias, que según la impugnación afecta a las reglas de la libre competencia, para la compra de energía al postor que ofrezca precios más bajos.

Tampoco alcanzó mayoría el punto relacionado al cambio del modelo de costos marginales, con costos favorables a plantas eólicas y solares, por uno de costos unitarios, con beneficios para las plantas más antiguas del sistema, que amortizaron la inversión para construirlas.

Se desestimó la impugnación correspondiente al tema de los contratos de cobertura con compromiso de entrega física, que solo CFE podría cumplir de acuerdo con la reglamentación.

Foro de archivo de El Economista.