La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional penalizar la posesión de más de cinco gramos de mariguana, a excepción de que se pueda probar que no es para para consumo personal.. Tres de los cinco ministros se pronunciaron por la invalidez de una porción del artículo 478 de la ley General de Salud, el cual permite la posesión de menos de 5 gramos para consumo personal pero castiga con 10 meses a 3 años de prisión si excede esa cantidad. La nota es de José Antonio Belmont en «Milenio». Foto de «Cuartoscuro».