Según la ley, cualquier medio de comunicación puede entrar a conocer el proceso de algún imputado, sin embargo, mencionó la magistrada que queda a decisión del juez de permitir o no la entrada dependiendo del caso que se trate.
Hay algunos casos que por su naturaleza no e posible hacerles “publicidad” como mujeres violentadas o víctimas de violación, pues la Comisión Nacional de los Derechos Humanos procura los derechos de las victimas.
La presidenta dejó en claro que en el nuevo sistema penal acusatorio se pretende una mayor publicidad de las audiencias y negó que en Veracruz este derecho esté negado, pues uno de los objetivos es dar a conocer lo que sucede en cualquier proceso judicial, para que los medios de comunicación difundan lo acontecido.
Permitir la entrada de la prensa fundamental
Según el Dr. en Derecho, Roberto Martínez Anzures, la presencia de publicidad es fundamental en cualquier proceso acusatorio, pues forma parte de la democracia al ser público un asunto de relevancia.
“La publicidad no ha variado su significado desde sus orígenes y en el procedimiento penal conserva la misma intención y finalidad. Dicha intención o finalidad, consiste en permitir a la generalidad de la población el tener conocimiento respecto de un proceso que se esta celebrando o que se celebró. Esto se traduce en que estén en posibilidad de tener acceso y presenciar las audiencias, así como a la información vertida en las mismas sin más limitaciones que las que la propia ley establece” señala.
El Dr. en Derecho resalta la importancia de que una o varias personas estén presentes en vivo en el juicio.
«Con el principio de publicidad se asegura el control de la veracidad respecto de lo que en las audiencias se vierte, faculta a los que presencian las audiencias para identificar si hubo no imparcialidad de los juzgadores y constatar que se haya celebrado bajo el principio de inmediación, que se siguieron las formalidades esenciales que exige la ley y que el proceso y que hubo respeto irrestricto a los derechos humanos», explica.