Magistrado presidente Rodríguez Mondragón definirá si la aspiración de la consejera es o no una reelección inconstitucional.
Comité descarta a Carla Humphrey para presidencia del INE por “impedimento constitucional
La consejera Carla Humphrey ya presentó ante el Tribunal Electoral la impugnación en contra del Comité Técnico de Evaluación para la designación de la presidencia del Instituto Nacional Electoral, que la dejó fuera del proceso por considerar que al estar en funciones, sus aspiraciones implican una reelección prohibida en la Constitución.
En la lista de asuntos de instrucción del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ya aparece el juicio electoral interpuesto por Carla Astrid Humphrey Jordan, que estará en manos del magistrado presidente de la Sala Superior, Reyes Rodríguez Mondragón resolver si la aspiración de la consejera es o no una reelección, prohibida expresamente en la Constitución.
A la consejera se le asignó el expediente SUP-JE-46/2023 en contra “del acuerdo del Comité Técnico de Evaluación para la designación de consejeras y consejeros del Instituto Nacional Electoral, por el que determinan las personas aspirantes que presenten impedimento constitucional para participar en el proceso de elección de las personas aspirantes a ocupar los cargos de una consejera presidenta y de tres cargos de consejeras y consejeros electorales del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, para el periodo 4 de abril del año en curso al 3 de abril de 2032”.
El pasado viernes, el Comité Técnico informó los acuerdos para excluir a decenas de personas que no cumplían con los requisitos para continuar en el proceso, lo que incluía a quienes tenían impedimentos constitucionales.
“El acuerdo relativo a las personas aspirantes que presentan un impedimento de carácter constitucional para participar en este proceso, lo que incluye a las personas aspirantes que hoy son consejeras electorales en el INE o que fungieron como tales a partir de la reforma de 2014.
“Fue votado por unanimidad y se fundamenta en lo establecido en el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos., en este sentido, no pueden ser elegido por segunda ocasión para ocupar un cargo en el Consejo General del INE ya que esto consistiría en una reelección y además, ocuparían el cargo por los más de nueve años que se establecen en la Constitución”, explicó Maité Azuela, integrante del Comité.
En su impugnación, Humphrey alega que este impedimento no se aplica a su caso, pues ella no busca ser consejera de nuevo, sino presidenta del INE, lo que considera, es un cargo distinto.
Sin embargo, la Sala Superior ha emitido varias sentencias en los casos de los Organismos Públicos Locales Electorales, en los que ha establecido que si bien las funciones de una consejería y la presidencia son distintos, al pertenecer al Consejo General se considera como un mismo órgano, por lo que aspirar de presidencia a consejería o de consejería a presidencia sí se trata de una reelección.
Además, el periodo para la presidencia del INE es por nueve años, de 2023 a 2032, y la consejera Humphrey tiene dos años y medio en el cargo, por lo que también iría contra la Constitución el periodo de nueve años dentro del Consejo General.
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Será el magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón quien defina si para el INE aplica la misma jurisprudencia de los OPLES y la aspiración de Humphrey resulta inconstitucional y por lo tanto, valida la decisión del Comité Técnico, o si lo revoca y le permite continuar participando.
Esta sentencia sentará el precedente para el 2032, que definirá si las consejerías en funciones pueden o no aspirar a presidir el instituto.
HCM
Foto de archivo.