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La Jornada

El edificio de Rectoría en Ciudad Universitaria. Foto Roberto García Ortiz / Archivo

El Vigésimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa admitió a trámite los recursos de queja que promovieron autoridades de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), el cual impugna el juicio de amparo que interpuso la ministra Yasmín Esquivel Mossa, contra el acuerdo por el que se establecen los lineamientos para la integración de los comités de ética, encargados de investigar el supuesto plagio de su tesis de licenciatura.

“Este Tribunal Colegiado tiene competencia legal para conocer del presente recurso de queja” señala el resolutivo.

Asimismo, los acuerdos publicados este jueves en estrados refieren que Esquivel Mossa, ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), promovió la ampliación de su demanda. “Agréguese el escrito de cuenta, por medio del cual la parte quejosa promueve ampliación de demanda respecto de los actos y autoridades que señala en el mismo”.

La semana pasada, el juzgado quinto de distrito en materia administrativa en la Ciudad de México frenó por tiempo indefinido el juicio de amparo que promovió la ministra Yasmín Esquivel Mossa, determinación estará vigente hasta que el tribunal colegiado resuelva los recursos de quejas que interpusieron el Rector de la UNAM, Enrique Graue Wiechers, la presidenta e integrantes del Comité Universitario de Ética, así como el director y miembros del Comité de Integridad Académica y Científica de la Facultad de Estudios Superiores Aragón.

La juez argumentó que el fallo del órgano jurisdiccional puede influir en el trámite del juicio de amparo, toda vez que se impugna el auto del 15 de febrero pasado con el que se admitió a trámite la demanda de garantías.

“Se suspende procedimiento. En consecuencia, ya que los recursos de mérito se fundan en el artículo 97, fracción I, inciso a) de la Ley de Amparo, y toda vez que la resolución que se dicte puede influir en el trámite del juicio de amparo, por tratarse la determinación reclamada de la admisión de la demanda, que por su naturaleza, resulta una cuestión trascendental; acorde a lo dispuesto en el artículo 102 de la ley de la materia, se suspende el procedimiento en el presente asunto, hasta en tanto se resuelvan las referidas quejas”.

Por ello, dejó sin efecto la audiencia constitucional programada para el 31 de marzo, donde resolvería si concede o niega el amparo a la ministra de la Suprema Corte.