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La Jornada

Mario Aburto en el penal de Almoloya, en foto tomada de los dictámenes periciales de la subprocuraduría del caso Colosio, en marzo de 1994.

El primer tribunal colegiado en materia penal con sede en Toluca, Estado de México, ordenó que “se deje insubsistente la sentencia” dictada en diciembre de 1994 en contra de Mario Aburto Martínez homicida confeso del candidato del PRI a la presidencia de la república en ese año, Luis Donaldo Colosio Murrieta, asesinato por el que fue condenado a 45 años de prisión. Sin embargo, con esta resolución en vía de amparo se abrió la posibilidad de que recupere su libertad a más tardar en marzo de 2024.

De acuerdo con la sentencia dictada con los votos a favor del magistrado Rubén Arturo Sánchez y el secretario en funciones de magistrado Luis Alberto Castro Velázquez y el voto particular en contra del magistrado José Pablo Pérez Villalba, se ordenó que se emita una nueva resolución en la que se establezca la pena por el delito de homicidio calificado con premeditación y alevosía contemplada en el Código Penal del Estado de Baja California, “vigente en la época de los hechos.

Mediante un juicio de amparo en el que el tribunal colegiado concedió la protección de la justicia federal, se ordena que un juez “analice los delitos en materia de acusación, así como la responsabilidad penal del quejoso en su comisión e imponga las sanciones penales que correspondan”.

La resolución judicial puntualiza que en la nueva sentencia que se le dicte a Mario Aburto Martínez se debe hacer “en el entendido de que no podrá agravar la situación jurídica ya estimada del sentenciado”.

Además precisa que al momento de dictarse la nueva sentencia “se deberá verificar sí, como resultado de la traslación normativa, el quejoso puede obtener su libertad personal respecto de la causa que dio origen a este asunto”.

Este juicio de amparo que abre la posibilidad de que Mario Aburto obtenga su libertad se inició en abril de 2021 cuando defensores públicos federales solicitaron el amparo y protección de la justicia federal contra la sentencia dictada el 22 de diciembre de 1994, de 45 años de prisión en contra de Aburto Martínez.

La sentencia fue dictada por el entonces primer tribunal unitario de segundo circuito y su ejecución correspondió al juzgado primero de distrito de procesos penales con sede en Toluca.

En el juicio de amparo 104/2021 la defensa de Aburto Martínez, además de impugnar la condena impuesta, también demandó que se investiguen actos de apertura cometidos en su contra tras haber sido detenido en Tijuana el 23 de marzo de 1994, después de haber disparado contra el entonces candidato del PRI a la Presidencia de la República.

Además de los argumentos esgrimidos por su defensa, también el tribunal colegiado recibió escritos considerados amicus curiae, elaborados, entre otros por la presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Rosario Piedra Ibarra, así como por representantes del Centro de Estudios y Acción por la Justicia Social, del Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia.

En este caso Mario Aburto solicitó que el expediente fuera atraído por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sin embargo, el máximo tribunal rechazó su solicitud y fue el primer tribunal colegiado en materia penal al que correspondió resolver el amparo.

Mario Aburto ha pasado 29 años en prisiones de máxima seguridad luego de haber sido detenido en la colonia Lomas Taurinas en el municipio de Tijuana, Baja California.

El 23 de marzo de 1994 al filo de las seis de la tarde (hora local), un tirador solitario se acercó al entonces candidato del PRI y accionó una pistola Taurus. Disparó a la cabeza del abanderado priísta, Luis Donaldo Colosio al concluir un mitin en Lomas Taurinas. El impacto hizo que su cuerpo girara mientras que su equipo de seguridad y asistentes al mitin se abalanzaron sobre Mario Aburto haciendo que accionara nuevamente el arma de fuego.

Según las investigaciones de la época, Aburto Martínez disparó en dos ocasiones contra el entonces candidato priísta.