Ayer, el Gobierno federal reiteró su exhorto para que las empresas mantengan el empleo y pague los salarios aún cuando los empleados sean enviados a casa. De acuerdo con el artículo 42 Bis de la Ley Federal del Trabajo, cuando se decreta una contingencia sanitaria, los patrones pueden suspender las actividades temporalmente y pagar a sus trabajadores el salario mínimo durante un mes. Sin embargo el gobierno no le llamó contingencia sanitaria- sino suspensión por causa de fuerza mayor-  a la acción y considera que los patrones deben cubrir el salario completo. La Secretaría del Trabajo emitió un decreto por el cual los patrones no pueden despedir a los trabajadores y deben cubrir los salarios. Seguramente habrá controversiales legales al respecto. Con información de Verónica Gascón en «»Reforma»: