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La Razón Online

El proyecto, bajo la ponencia del ministro Javier Laynez Potisek, propone declarar la invalidez de esta segunda parte del llamado “Plan B”.

 

Ministro de SCJN propone invalidez total de segunda parte del Plan B Electoral. .Foto: Cuartoscuro.

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará segunda parte del “Plan B». El proyecto del ministro Javier Laynez Potisek propone declarar la invalidez de esta segunda parte ya que estima que, durante la aprobación del Decreto, el Congreso de la Unión “incurrió en múltiples violaciones graves al procedimiento legislativo”.

La SCJN analizará el Decreto de reformas a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a la Ley General de Partidos Políticos, a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y se expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral, publicado el pasado 2 de marzo de 2023.

La Corte dijo que la determinación, sería congruente con la doctrina jurisprudencial que la Corte ha sostenido en más de treinta asuntos toda vez que recoge los requisitos mínimos para que un proceso legislativo sea válido.

El proyecto considera que todas las violaciones acreditadas al analizarse la primera parte de este paquete de reformas también se actualizan en este caso, por la simple razón de que ambos Decretos compartieron, en términos generales, el mismo proceso legislativo.

Lo anterior se da luego de que en el pasado mes de mayo la Suprema Corte de Justicia de la Nación discutió y resolvió las impugnaciones contra el Decreto de reformas a la Ley General de Comunicación Social y a la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

En el caso que ahora se discutirá, se destacan violaciones adicionales graves al proceso legislativo que no habían sido planteadas en el asunto anterior. Por un lado, se acredita que la iniciativa publicada en la Gaceta Parlamentaria fue sustituida por una versión modificada cuando ya se discutía en el pleno de la Cámara de Diputados, sin que se diera cuenta de la sustitución ni de las modificaciones a los legisladores.

 

 

Por otro lado, también se demuestra que las Cámaras modificaron artículos del proyecto de Decreto que ya habían sido aprobados por ellas en sesiones anteriores, cuando el artículo 72, inciso E, de la Constitución Federal prohíbe tajantemente que se revisen los preceptos ya aprobados por ambas Cámaras.

El proyecto concluye que todas estas violaciones en su conjunto mermaron gravemente la posibilidad de los legisladores federales de participar de forma activa e informada en la deliberación de las normas sometidas a votación y, por ende, son suficientes para invalidar la totalidad del decreto impugnado.

Leo,