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Excélsior

A partir del 1 de enero de 2017, los precios de las gasolinas al consumidor final se determinarán de acuerdo con las condiciones de mercado en cada región del país, pero en aquellas donde esto no sea posible los fijará la Secretaría de Hacienda con base en referencias internacionales, informó la dependencia.

En el primer caso, la Comisión Federal de Competencia Económica emitirá una opinión a la Comisión Reguladora de Energía, para que esta publique en el Diario Oficial de la Federación, a más tardar el 31 de diciembre de 2016, el calendario y regiones donde aplicará la liberación durante 2017 y 2018.

La Comisión Reguladora de Energía, tomando en cuenta la opinión que emita la Comisión Federal de Competencia Económica, establecerá el calendario para que durante los años de 2017 y 2018 los precios al público se determinen bajo condiciones de mercado» , dijo la SHCP.

Al respecto, puntualizó que la calendarización se llevará a cabo por regiones del país y se dará a conocer en el Diario Oficial de la Federación a más tardar el 31 de diciembre de 2016.

La dependencia advirtió que intervendrá en aquellas regiones donde se registren aumentos desproporcionados en perjuicio del consumidor final, y sustituirá el esquema de precios de mercado por otro que de precios máximos acordes con referencias internacionales.

Respecto al segundo caso, explicó que en las regiones del país donde los precios de las gasolinas no se determinen bajo condiciones de mercado conforme al calendario publicado por la Comisión Reguladora de Energía, la SHCP fijará un sistema de precios máximos.

Para ello, considerará el precio de la referencia internacional de los combustibles y, en su caso, las diferencias en la calidad de los mismos, las diferencias relativas por costos de transporte entre regiones y las diversas modalidades de distribución y expendio al público.

La Secretaría de Hacienda también publicará en el Diario Oficial de la Federación, a más tardar el 31 de diciembre de 2016, la metodología para determinar los precios máximos al público, así como el periodo de vigencia de los mismos en cada región donde no se dé la liberación bajo condiciones de mercado.