El titular de la Secretaría del Trabajo, Previsión Social y Productividad (STPSP), Fernando Aguilera de Hombre, aclaró que en lo que corresponde al pago de los aguinaldos, la dependencia puede actuar sólo si hay incumplimiento.
“Es decir , si el pago no se da durante la fecha que debe ser en el mes de diciembre, entonces el trabajador tiene hasta un año para inconformarse y demandar en las juntas el pago del aguinaldo”, explicó.
En cuanto al pago de utilidades mencionó que ellos sólo verifican que cuenten con los comprobantes de pagos de utilidades, y que de no tenerlos se da aviso al Servicio de Administración Tributaria (SAT) al ser competencia laboral.
Al momento -dijo- no hay quejas en este tema, pero de tenerlas serían canalizadas.
Para concluir y en torno a la comparecencia que está por venir, se dijo tranquilo y seguro: “Se entregarán buenas cuentas, a pesar de que hay un rezago en toma de notas”, por lo que se comprometió a terminarlas para el 30 de noviembre y entregar la STPSP en óptimas condiciones.