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La Jornada

El pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) acordó la prórroga de vigencia de 112 concesiones para usar, aprovechar y explotar comercialmente frecuencias para la prestación del servicio de radiodifusión en AM y FM.

La localidades que mantendrán el servicio de radiodifusión como resultado de la ampliación de prórrogas se ubican en Aguascalientes, Baja California, Colima, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Ciudad de México, Coahuila, estado de México, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz y Yucatán.

Del total de dichas prórrogas, 33 corresponden a frecuencias que cambiaron de Amplitud Modulada a Frecuencia Modulada; 40 son estaciones en FM, 27 en AM y 12 corresponden a concesiones que darán uso comercial a las frecuencias de amplitud modulada y su frecuencia adicional en frecuencia modulada en localidades de Guerrero, Veracruz, Hidalgo, Tamaulipas, Campeche, Michoacán, Coahuila, Yucatán y Colima.

La vigencia de las concesiones sobre espectro radioeléctrico y en su caso la concesión única para uso comercial será hasta de 20 y 30 años, respectivamente, a partir del vencimiento de la concesión objeto de prórroga.

El pleno también aprobó las condiciones de interconexión que no habían podido acordar las empresas Valor Agregado Digital (Vadsa) y Grupo AT&T, integrado por las empresas AT&T Comunicaciones Digitales, AT&T Comercialización Móvil, AT&T Desarrollo en Comunicaciones de México, AT&T Norte y Grupo AT&T Celullar, aplicables del 7 de junio al 31 de diciembre de 2017, en virtud de que no existe interconexión entre las partes. Al respecto, se resolvieron las tarifas por minuto de interconexión para terminación fija, para terminación móvil y por terminación de tráfico de mensajes cortos (SMS).

De igual manera se aprobaron las condiciones de interconexión no convenidas entre Vadsa y Radiomóvil Dipsa (Telcel) aplicables del 7 de junio al 31 de diciembre de 2017, por el servicio de tránsito y terminación de tráfico de mensajes cortos (SMS) y de voz; y entre UC Telecomunicaciones (UC Telecom) y Televisión Internacional (TV Internacional) aplicables del 7 de junio al 31 de diciembre de 2017 por terminación fija.

«Las resoluciones aprobadas por el oleno sobre los términos y condiciones de interconexión no convenidas tienen por objeto garantizar la competencia en el sector de las telecomunicaciones, al establecer una regulación adecuada, precisa e imparcial de la interconexión», aseguró el regulador.

Por otra parte, en cumplimiento a las ejecutorias de dos amparos en revisión del Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, el pleno dejó insubsistente la resolución emitida mediante acuerdo P/IFT/161215/591 y determinó las tarifas de interconexión que Grupo AT&T y Pegaso PCS, S.A. de C.V. deberán pagarse por servicios de terminación conmutada en usuarios móviles bajo las modalidades “El que llama paga” y “El que llama paga nacional”, aplicables del 1 de noviembre de 2011 al 31 de diciembre de 2011.