Los patrones tendrán que cumplir con el pago del aguinaldo a más tardar el 20 de diciembre, de lo contrario podrían ser multados conforme a la normatividad vigente con hasta cerca de medio millón de pesos, advirtió el secretario del Trabajo, Roberto Campa Cifrián.
En conferencia de prensa, el funcionario señaló que la retribución de esta prestación tiene que ser en efectivo o por algún medio electrónico, por lo que, recordó, no está permitido hacerlo por medio de vales o mercancías.
“ Es importante que las y los patrones cumplan con el pago del aguinaldo en tiempo y forma, de no ser así aquellos que no lo otorguen de manera completa o de manera tardía pueden hacerse acreedores a una multa de conformidad con lo establecido en el artículo 1002 de la ley federal del trabajo, es decir, una sanción de 50 a 5 mil veces el valor de las Unidades de Medida y Actualización que va desde los 4 mil 030 hasta los 430 mil pesos”, puntualizó.
El responsable de la política laboral agregó que el monto mínimo al que tienen derecho los trabajadores es el equivalente a 15 días de salario, sin importar, dijo, que no tengan un contrato firmado o que sean trabajadores eventuales, toda vez que la existencia de un contrato o una relación de trabajo se presume desde el momento que alguien presta un servicio personal y alguien que lo recibe.
En este sentido, Campa Cifrián exhortó a los trabajadores cuyo derecho no es atendido, acudan a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), instancia donde recibirán la asesoría correspondiente.
Por su parte, Alejandra Negrete, titular de la Profedet, informó que de 2012 a la fecha este organismo ha acompañado 43 mil casos donde el patrón no cumplió con el pago de aguinaldo.
Indicó que los trabajadores tienen un año a partir del 21 de diciembre para reclamar el pago de esta gratificación.
Además, presentó la campaña “Profedet defiende el pago de tu aguinaldo”, la cual se difundirá a nivel nacional y con la que se espera alcanzar más de 200 mil impactos.