Para evitar o detectar prácticas anticompetitivas o discriminatorias, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) modificó la metodología de “separación contable” para Telmex-Telcel y Televisa, considerados como agentes preponderantes en el mercado de telecomunicaciones, así como empresas con poder sustancial en el mercado y redes compartidas mayoristas.
En 40 días hábiles, dichas empresas tienen la obligación de entregar al IFT, para su aprobación, un programa de implementación de separación contable, mediante el cual se pretende “identificar potenciales prácticas anticompetitivas, como estrechamiento de márgenes, depredación de precios y/o subsidios cruzados, entre otras conductas, y detectar un potencial trato discriminatorio en la prestación de servicios mayoristas, entre otros objetivos”.
Estableció que dicho programa debe contemplar al menos los siguientes rubros: cuentas de costos e ingresos de las empresas, motivos de cargo y abono, valoración de activos, cargos de transferencia, costo de capital promedio ponderado y vida útil de los activos.
“Los concesionarios que a la entrada en vigor de la presente metodología formen parte de un agente económico preponderante, con poder sustancial de mercado o se les haya otorgado una concesión con carácter de red compartida mayorista, deberán presentar por única vez el programa de implementación dentro de los 40 días hábiles siguientes a la entrada en vigor del presente instrumento, plazo que podrá ser prorrogado por única ocasión hasta por 20 días hábiles”, estableció el IFT.
A su vez, el organismo resolverá a más tardar al cierre de marzo de 2019, sobre la aprobación de los programas de implementación de la metodología de separación contable que, a la entrada en vigor del acuerdo se encuentren en trámite, y puede solicitar adecuaciones al concesionario.
Después de que sean aprobados los programas sobre separación contable de las empresas o concesionarios, el IFT abundó que “la información de separación contable correspondiente al año fiscal 2017 deberá entregarse antes del primero de agosto de 2019, junto con la información del año fiscal 2018. La revisión por parte del Instituto Federal de Telecomunicaciones de la información correspondiente a los años fiscales 2017 y 2018 se realizará a más tardar el 31 de diciembre de 2019”.
Cuando el IFT identifique posibles incidencias y áreas de mejora en la información de separación contable entregada por los concesionarios en telecomunicaciones, realizará observaciones a más tardar el 31 de diciembre del año que corresponda, mismas que los concesionarios deberán subsanar en un plazo no mayor a 40 días hábiles posteriores.