Los repartidores de comida a través de aplicaciones móviles, además de lidiar con accidentes y asaltos, se encuentran en la desprotección laboral, pues aunque pagan impuestos como cualquier empleado, no cuentan con prestaciones de ley, deben comprar las mochilas para trasladar los pedidos y son sus propias bicicletas, las que utilizan para ofrecer el servicio.
Y es que a partir del 1 de junio, por disposición oficial de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), las empresas retienen dinero a los trabajadores directamente del pago semanal para pagar impuestos como IVA e ISR; el objetivo de esta medida es facilitar y promover el cumplimiento de las obligaciones fiscales de las personas físicas que prestan servicios de transporte y entrega de alimentos a través de plataformas tecnológicas como Uber, Cabify, Uber Eats, Rappi y SinDelantal, entre otras.
“Las aplicaciones no están pagando impuestos, quienes pagan o asumen la responsabilidad directa son los propios repartidores, a ellos les impacta y eso, aparte de ser ilegal, es completamente injusto”, aseguró en entrevista con La Razón Felipe Mízquiz, abogado laboral.
Añadió que existe una regulación simulada para quienes trabajan en este esquema, pues no hay especificaciones para las condiciones particulares en las que laboran, por lo que las leyes no les son aplicables.
Los repartidores, por su parte, consideraron que si contribuyen con sus impuestos a través de retenciones semanales, deberían ser acreedores de derechos como empleados.
Para Saúl Gómez, integrante del colectivo #NiUnRepartidorMenos, creado para brindar apoyo a quienes trabajan mediante esas plataformas en caso de accidentes, pese a que cada plataforma tiene sus ventajas y desventajas particulares, el panorama general es que bajo la figura de “socios”, tienen que laborar sin ningún tipo de prestación.
El ciclista comentó a La Razón que absorben gastos que no les corresponden; por ejemplo, deudas fantasma derivadas de pedidos cancelados, a causa de las cuales la aplicación les prohíbe trabajar bajo el argumento de que se violaron términos y condiciones; ello, hasta que el débito sea saldado.
“En el caso de Rappi, por ejemplo, si estamos en un pedido y el cliente decide cancelarlo, si estoy hasta Coapa tengo que ir a la oficina de la empresa, que está en Polanco, a devolver el producto, para solamente ganarme 30 pesos y no tener deuda para poder seguir trabajando”, relató.
De igual modo, si sufren un accidente mientras trabajan la empresa no sólo no se hace responsable, sino que cancela el pedido y encima le impone un adeudo al trabajador.
En opinión de Mízquiz, las empresas de aplicaciones tienen beneficios económicos altos, pero evaden cumplir con un salario concreto, prestaciones como aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y reparto de utilidades, entre otras.
Asimismo, consideró que el hecho de que los repartidores no tengan un horario fijo sólo “disfraza su explotación” bajo el concepto de que tienen el poder de elegir sus condiciones laborales.
Esto, agregó, permite mantener un sistema de sueldos a destajo, es decir, donde pagan por trabajo realizado y no por tiempo invertido, sin tomar en cuenta los riesgos que corren o el esfuerzo que implican las distancias recorridas.
La Razón publicó en su edición del 6 de junio que, debido a las problemáticas que enfrentan, los repartidores solicitan ser atendidos por las autoridades capitalinas y que su trabajo se visibilice.