De acuerdo a los criterios publicados en la miscelánea fiscal de abril, el Servicio de Administración Tributria (SAT) establece que las propinas son parte del salario de un trabajador y debe retenerse el Impuesto Sobre la Renta (ISR), señala Santiago Martínez Dordella, presidente de la Cámara Nacional de la Industria Restaurantera y Alimentos Condimentados (Canirac).
Señaló que hay una inconsistencia al respecto porque la misma Profeco no obliga a sugerir un monto para el pago de propina, entonces es difícil conocer los montos y establecer cuánto recibe una propina.
Dijo que si Hacienda lo va a hacer a través de los patrones, lo hace aún más complicado.
Cabe señalar que: las propinas percibidas por los trabajadores en hoteles, casas de asistencia, restaurantes, fondas, cafés, bares y otros establecimientos análogos, son parte del salario del trabajador, según lo que establece el artículo 346 de la Ley Federal del Trabajo.
Por lo anterior, las propinas antes referidas que les sean concedidas a los trabajadores, deben ser consideradas por el empleador para efectuar el cálculo y retención del ISR que, en su caso, resulte a cargo del trabajador.
Esto lo especificó el Servicio de Administración Tributaria (SAT)en el criterio normativo 43/ISR/N, del Anexo 7 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2019, que fue publicada el 30 de abril de 2019 y que puedes consultar aquí.