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Redacción - XEU Noticias / Gaceta Oficial

El Gobierno del Estado de Veracruz emitió un decreto por el que se condonará al 100 por ciento el pago del Impuesto Estatal sobre Tenencia o Uso de Vehículos y sus accesorios, así como la actualización, recargos y multas a las personas físicas o morales inscritas en el Registro Estatal de Contribuyentes en Materia Vehicular del Servicio Público.

El decreto, publicado el miércoles 7 de agosto en la Gaceta Oficial del Estado, señala:

“Que de conformidad con el artículo 49 fracción I del Código Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, el Titular del Ejecutivo podrá condonar el pago de contribuciones y sus accesorios a contribuyentes, entre otros, cuando se trate de impedir que se afecte la realización de una actividad; lo cual en este caso se actualiza porque la actividad relacionada con el transporte público requiere de atención inmediata con el propósito de evitar escenarios menos favorables para este sector y de esta manera permitir que mediante diversos beneficios fiscales de apoyo temporal regularicen su situación fiscal y fortalezcan su patrimonio familiar, garantizando asimismo la seguridad de los usuarios de este servicio público.”

El documento detalla que se condona al 100 por ciento el pago del Impuesto Estatal sobre Tenencia o Uso de Vehículos y sus accesorios a las personas físicas o morales, “inscritas en el Registro Estatal de Contribuyentes en Materia Vehicular del Servicio Público, que se hayan causado en los ejercicios fiscales 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019”.

Añade que se condonan al 100 por ciento “la actualización, los recargos y multas de personas físicas y morales, inscritas en el Registro Estatal de Contribuyentes en materia vehicular del servicio público por concepto de Derechos de Control Vehicular previstos en el artículo 16 apartado C fracción II del Código de Derechos para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que se hayan causado durante los ejercicios fiscales 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019 siempre y cuando paguen los derechos de control vehicular correspondientes a los ejercicios fiscales 2018 y 2019.”

Apunta que los beneficios a que se refieren los artículos anteriores surtirán sus efectos cuando los propietarios de vehículos del servicio público de transporte los den de alta en el Registro Estatal de Contribuyentes en materia vehicular y que los beneficios establecidos en el Decreto estarán vigentes hasta el 15 de diciembre de este año.