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La Jornada

El Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ratificó por unanimidad el criterio que se aplica en el organismo para determinar como límite superior de cotización 25 salarios mínimos para el pago de las pensiones, al amparo de la Ley del Seguro Social vigente al 30 de junio de 1997.

Reunidos en sesión extraordinaria los representantes de los sectores obrero, patronal y del gobierno, escucharon el proyecto elaborado por el director jurídico, Antonio Pérez Fonticoba, el cual establece que las direcciones de Incorporación y Recaudación; de Prestaciones Económicas y Sociales; y Administración, llevarán a cabo las acciones normativas y administrativas necesarias para el cumplimiento de este acuerdo.

Lo anterior para dejar claro que en los trámites que realizan los trabajadores con derecho al retiro con base en la ley de 1973 se resuelvan sobre un límite superior equivalente a 25 salarios mínimos.

La decisión se tomó derivado de la Jurisprudencia por contradicción de tesis de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), publicada el viernes 24 de enero en el Semanario Judicial de la Federación, que fija en 10 salarios mínimos la base para cuantificar las pensiones.