A partir de este viernes 17 de febrero, embajadas y consulados de México ya pueden emitir actas de nacimiento a personas que nacieron en territorio nacional pero no fueron registrados en el país, informó la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).
Esta acción constituye un parteaguas en materia de protección consular, ya que garantiza a nuestros connacionales, donde quiera que se encuentren, el Derecho a la Identidad, establecido en el Artículo 4° constitucional y genera beneficios concretos para miles de personas con las reformas a la Ley del Servicio Exterior Mexicano y su Reglamento”, explicó la cancillería a través de un comunicado.
Las representaciones consulares no podían emitir dichos documentos a los migrantes nacidos en territorio nacional porque no fueron registrados en su momento en México.
De este modo, también se permitirá que los mexicanos puedan tramitar otros documentos como matrículas consulares y pasaportes, “reduciendo la vulnerabilidad a la que se enfrentan algunos migrantes, especialmente en Estados Unidos de América, donde se encuentra la mayoría de connacionales que sin registro de nacimiento”.
La acción es parte del Sistema de Impresión de Actas (SIDEA) que entró en vigor desde enero 2015, mediante el cual los connacionales nacidos en México y radicados en el exterior pueden solicitar copias certificadas de sus actas de nacimiento en una Embajada o Consulado. Desde el inicio del sistema se han entregado más de 320 mil actas de nacimiento.