La Inquisición castigaba duramente las prácticas sexuales “contra natura”, es decir, no destinadas expresamente a la procreación; entre ellas, el bestialismo, la homosexualidad y la masturbación. Contra esta última legisló, en 1532, el emperador Carlos V (Carlos I de España): quienes eran pillados in fraganti se enfrentaban a la pena de muerte.
La masturbación femenina era considerada un acto abominable que probaba que las mujeres carecían de control propio; el sexo extramarital y la prostitución estaban reservados a los varones; el adulterio femenino se castigaba a menudo con la muerte… Esa época en muchos aspectos progresista y reivindicativa del hombre apenas supuso cambios para la mujer. Sometida a las “tres obediencias” –al padre de soltera, al marido de casada y al hijo o hermano si se quedaba soltera o enviudaba–, sólo tenía a su alcance el matrimonio, el convento o la soltería. La mínima transgresión suponía una deshonra.
Pero, aun siendo una época de opresión patriarcal, se apreciaban ciertos cambios tímidos en el paradigma. Ellas seguían subordinadas a los varones en el plano social, pero empezaron a despuntar algunas que pudieron recibir cultura superior, y en Italia tuvieron mayor libertad; una libertad que incluía el sexo. Esta excepción eran las cortesanas, que en la República de Venecia –donde ejercían la prostitución casi 12.000 mujeres– disfrutaban de un clima más tolerante. Las más cotizadas eran las que, aparte de sus atractivos físicos, aportaban cultura y conversación sobre Historia, Filosofía, Literatura… Cuanto más cultas, más valoradas. Ofrecían más que relaciones carnales y desempeñaban un papel social vetado a las esposas de los prohombres, recluidas en el hogar.
En su afán por combatir la Reforma protestante y su peligrosa tolerancia, la Contrarreforma, basada en las directrices del Concilio de Trento (1545-1563), apostó por un control más férreo de la población, incluido por supuesto el sexo. Éste sólo se contemplaba entre hombre y mujer desposados por el ceremonial cristiano, y con el fin de tener hijos y practicando la postura autorizada, la “natural”: la mujer debajo, pasiva y sometida. Quedaban terminantemente prohibidos el sexo oral y anal; pero también debían reprimirse el deseo desmesurado (voluptas), las fantasías depravadas (delectio fornicationis) y los tocamientos (contactus partium corporis). Tampoco podía practicarse el coito en días sagrados y festividades religiosas. Y muchos textos cristianos recomendaban a los esposos recitar salmos “para disfrutar lo menos posible”.
La mosca española y otros afrodisíacos
Pero la vigilancia no evitó la proliferación de afrodisíacos. Entre las “Viagras naturales” más demandadas estaban los testículos de toro y la Lytta vesicatoria, conocida como cantárida o mosca española. Este insecto de color verde esmeralda, aparentemente inofensivo, se usaba desde la Antigüedad como vigorizante sexual. Según fuentes de la época, lo empleó Fernando el Católico –junto con testículos de toro y otros productos– con el objetivo de engendrar un hijo con Germana de Foix, su segunda y joven esposa. Es probable que el abuso de esta sustancia, que en Italia era un popular veneno, empeorara su ya maltrecha salud.
Pese a todo, en el seno de la Iglesia no siempre había unanimidad. Sixto V promulgó la bula Effraenatam (1588), según la cual adulterio y aborto eran pecados capitales y se castigaban con la excomunión; pero, poco después, Gregorio XIV suavizó esos castigos. La escisión protestante ya les había robado bastantes fieles y, probablemente por eso, el jesuita Tomás Sánchez especificó que las caricias y actos de “preparación”, incluidas las felaciones, no eran malos, siempre que se practicaran como la antesala del coito –en la postura del misionero y con intención reproductiva– entre esposos.