Con la finalidad de permitir a la ciudadanía y a las organizaciones políticas el acceso a la justicia electoral, ésta se ha adaptado al periodo de contingencia provocado por la enfermedad Covid-19, expresó Eva Barrientos Zepeda, magistrada de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral de la Federación.
La egresada del Doctorado en Derecho Público por la Universidad Veracruzana (UV) y la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), impartió una videoconferencia a los estudiantes y docentes del programa educativo de Ciencias Políticas y Gestión Pública de la Facultad de Ciencias Administrativas y Sociales (FCAS) de la UV.
Con el título “Justicia electoral, antes y después de la pandemia”, la magistrada dijo que la Sala Superior determinó que para la discusión y resolución no presencial de los asuntos jurisdiccionales se hará uso del correo electrónico y del sistema de videoconferencia como medios idóneos, a fin de verificar la participación de sus integrantes.
“Los medios de impugnación contemplados para resolver durante la contingencia son aquéllos considerados como urgentes, es decir, los vinculados con un proceso electoral en relación con términos perentorios, o bien que pudieran generar la posibilidad de un daño irreparable.”
Asimismo, la Sala Regional Xalapa determinó que también podría resolverse con carácter urgente “los asuntos de calificación de elecciones por sistemas normativos indígenas, así como los relacionados con violencia política contra las mujeres en razón de género”.
Barrientos Zepeda recalcó que la justicia electoral es un instrumento clave del estado de derecho y la garantía fundamental de cumplimiento con el principio democrático de la celebración de elecciones libres, justas y auténticas.
Su propósito es ser garante de que “los ciudadanos no sean presionados, que el voto sea secreto y que se respete el resultado que se obtuvo en las urnas, además de que los candidatos compitan en equidad de circunstancias”.
La justicia electoral tiene como finalidad garantizar que cada acción, procedimiento y decisión relacionada con el proceso electoral se acoja al marco jurídico. Asimismo, tiene que proteger o restablecer los derechos electorales; su propósito también es brindar a las personas que consideren que sus derechos electorales han sido violentados, la posibilidad de plantear una impugnación, que su caso sea escuchado y obtener una respuesta jurídica, es decir un fallo.
Existen diferentes mecanismos de justicia electoral, tanto formales como informales, comenzando con la prevención; de igual manera existe un sistema de Resolución de Conflictos Electorales (RCE), similar a los arreglos en materia laboral con los que se busca alcanzar un acuerdo.
Dentro de la RCE se contemplan dos acciones: correctivas y punitivas, que implican sanciones para quienes hayan infringido el código electoral.
La magistrada insistió en que “el sistema es muy complejo y tenemos que ir hacia la simplificación de medios de impugnación, tiene que haber menos medios y menos plazos porque sólo confunde a la ciudadanía”.
Recalcó que “la violación a un derecho político electoral no concluye cuando termina la elección, sino que extiende su protección más allá; es decir, si a un candidato legalmente electo no le dejan ejercer su cargo, también procede un juicio ciudadano para proteger este derecho”.
No obstante, mencionó que, en opinión de especialistas, la justicia electoral en México es considerada a nivel mundial como de las más desarrolladas.
El evento en línea fue moderado por José Eduardo Azouri Miranda y María Teresa Montalvo Romero, académicos del programa educativo de la FCAS.
Por: David Sandoval Rodríguez