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Exélsior

La Fiscalía General de Tabasco informó que un juez federal del Décimo Circuito ordenó la liberación de Juan Vicente Hernández León, un padre que fue acusado en abril de 2016 de “manosear” a su hija de cinco años.

La Fiscalía expresó su molestia y advirtió que “acepta pero no comparte” la acción del H. Tribunal Colegiado en Materia Penal y del Trabajo del Décimo Circuito, porque resolutivos como este “contribuyen a normalizar y perpetuar el abuso sexual de los niños, niñas y adolescentes”.

La acción que escandalizó a todo el país en abril de 2016, se suscitó en el restaurante “El Teapaneco”, de Villahermosa, cuyo vídeo fue grabado por una mesera y difundido en redes sociales.

En la grabación se puede apreciar al hombre tocando las partes íntimas de la niña sin que sus acompañantes ‒cinco personas, entre ellas dos mujeres‒ se percaten de los hechos.

El hombre fue denunciado en redes sociales, donde se levantó una polémica, indignación e insultos de todo tipo, lo que ocasionó que la Fiscalía de Tabasco iniciara una investigación por el posible abuso en contra de la menor.

Una vez que la FGE de Tabasco libró la orden de aprehensión contra el presunto pederasta, elementos de las Divisiones de Seguridad Regional y Científica de la Policía Federal, en coordinación con la Fiscalía General del Estado de Tabasco, lo detuvieron en Puebla, cuando en un autobús del servicio público, pretendía darse a la fuga camino de Villahermosa a la Ciudad de México.

Personal de las estaciones Ecatepec y Chalco de la Policía Federal, ubicaron el autobús procedente del estado de Tabasco cuando circulaba a la altura del kilómetro 33+200 de la autopista México-Puebla.

Este sábado la FGE emitió un comunicado donde expresa su molestia por la liberación de Juan Vicente Hernández, quien permanecía detenido en el CRESET de Villahermosa,

Expone que “el resolutivo se basa fundamentalmente en que no se acreditó la lascivia en el tocamiento de que fue objeto la niña, a pesar de que en este mismo se razona que “… en todo caso permite entender por qué la niña no hizo alguna manifestación de inconformidad al ser tocada bajo su vestido…”.

Y acusa que la liberación de Hernández León, “permite evidenciar que la resolución es totalmente carente de perspectiva de género, no aplica el interés superior del menor y tampoco hace un examen de interseccionalidad como corresponde cuando hay violaciones a los derechos humanos”.

Por parte de la FGE, en su oportunidad se presentaron argumentos basados en estudios elaborados por la UNICEF en los que precisamente se advierte del comportamiento que tienen los niños cuando son víctimas de delitos de esta naturaleza para no incurrir en errores de apreciación como lo hace el Colegiado que, a pesar de reconocer el tocamiento de que fue objeto la menor, argumenta que no hubo manifestación alguna de inconformidad.