La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) aseguró un cachorro de león africano y un loro cabeza amarilla, considerado en peligro de extinción, dentro de un domicilio, en Guadalupe, Nuevo León.
Al verificar una denuncia ciudadana, inspectores de la dependencia acudieron a la casa habitación, en cuyo patio del lugar estaban el cachorro de 50 días de nacido y el ave.
El felino macho fue adquirido en una tienda de mascotas ubicada en el Estado de México, según la constancia y la factura de legal procedencia que el dueño mostró y que la Profepa ya investiga.
El cachorro quedó asegurado precautoriamente, debido a que sus propietarios carecían del plan de manejo autorizado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y porque el lugar en donde se le mantenía en cautiverio no es el idóneo para su bienestar.
La Profepa determinó que el sitio en donde habitaba el felino representa un riesgo para la comunidad y para el propio animal, ya que carece de las condiciones de seguridad requeridas.
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Respecto al loro cabeza amarilla, se encuentra listado en la NOM – 059 – SEMARNAT – 2010, considerado bajo la categoría de peligro de extinción, por lo que se interpondrá la denuncia penal correspondiente ante la Procuraduría General de la República (PGR) en contra de quienes lo tenían en cautiverio.
Los dos ejemplares fueron trasladados a las instalaciones del Zoológico Parque La Pastora, donde se les proporcionará atención médica y alimento adecuados.
Se instaurará procedimiento administrativo en contra del visitado, para que manifieste lo que a su derecho corresponda e interponga las pruebas que considere convenientes”, indicó la procuraduría.
De acuerdo con la Ley General de Vida Silvestre (LGVS), esta acción puede ser sancionada con el decomiso definitivo del ejemplar, así como con una multa de 50 a 50 mil Unidades de Medida y Actualización.
De acuerdo con el artículo 420, fracción IV, del Código Penal Federal, la posesión de loros y/o pericos mexicanos es un delito que se castiga con pena de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de 300 a 3 mil Unidades de Medida y Actualización.